Derogando expresamente al que se hallaba vigente desde 2005, este nuevo reglamento será de obligado cumplimiento para todos los interesados que acometan tareas profesionales de esa naturaleza.
martes, 1 de octubre de 2019
EL CONSEJO GENERAL DE LA INGENIERÍA TÉCNICA INDUSTRIAL APROBÓ EN PLENO UNA NUEVA VERSIÓN DEL REGLAMENTO REGULADOR DEL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE INGENIERO TÉCNICO INDUSTRIAL EN SU FACETA DE CONSULTOR O PROYECTISTA. LA NORMATIVA RECIÉN APROBADA, ADEMÁS DE UN RÉGIMEN DE INCOMPATIBILIDADES LEGALES, CONTEMPLA LAS OPCIONES DE AUTÓNOMO, ASALARIADO E INCLUSO LA POSIBILIDAD LEGAL DE CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD PROFESIONAL EN LA QUE LOS COLEGIADOS INTERESADOS ACREDITEN SU CONDICIÓN DE SOCIO, CON ARREGLO A LA LEY 2/2007 DE 15 DE MARZO.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Deja tus comentarios