EL CONSEJO GENERAL DE LA INGENIERÍA TÉCNICA INDUSTRIAL APROBÓ EN PLENO UNA NUEVA VERSIÓN DEL REGLAMENTO REGULADOR DEL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE INGENIERO TÉCNICO INDUSTRIAL EN SU FACETA DE CONSULTOR O PROYECTISTA. LA NORMATIVA RECIÉN APROBADA, ADEMÁS DE UN RÉGIMEN DE INCOMPATIBILIDADES LEGALES, CONTEMPLA LAS OPCIONES DE AUTÓNOMO, ASALARIADO E INCLUSO LA POSIBILIDAD LEGAL DE CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD PROFESIONAL EN LA QUE LOS COLEGIADOS INTERESADOS ACREDITEN SU CONDICIÓN DE SOCIO, CON ARREGLO A LA LEY 2/2007 DE 15 DE MARZO.
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