PARA LA EXENCIÓN DE CUOTA COLEGIAL POR DESEMPLEO, SE NECESITA JUSTIFICAR DICHA CIRCUNSTANCIA EN LAS OFICINAS DE LA SEDE A LA QUE CADA COLEGIADO SE HALLE ADSCRITO, EXHIBIENDO TRIMESTRALMENTE SU TARJETA PERSONAL DE DESEMPLEADO ACTUALIZADA.
Se
debe aportar antes de los días 30 de junio, 31 de marzo, 30 de septiembre y 31
de diciembre.+ info