miércoles, 6 de abril de 2022

DEDUCCIÓN DE LAS CUOTAS COLEGIALES EN LA DECLARACIÓN DE LA RENTA. LA COLEGIACIÓN ES OBLIGATORIA PARA EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE INGENIERO TÉCNICO INDUSTRIAL, POR ELLO LAS CUOTAS COLEGIALES ABONADAS A LOS COLEGIOS PROFESIONALES SON GASTOS DEDUCIBLES EN EL IRPF, TANTO SI ERES TRABAJADOR POR CUENTA PROPIA O AJENA

 

 

Infórmate en el siguiente enlace, en el que se incluye un video explicativo de la Agencia Tributaria


MÁS INFORMACIÓN

Colegiación obligatoria (art. 7).

Trabajadores por cuenta ajena que deduzcan las cuotas colegiales

Trabajadores por cuenta propia que deduzcan las cuotas colegiales



No hay comentarios:

Publicar un comentario

Deja tus comentarios