EL TRIBUNAL SUPREMO SE SUMA A LO DICTAMINADO POR LA CNMC CONSIDERANDO TAMBIÉN QUE LOS INGENIEROS TÉCNICOS INDUSTRIALES DISPONEN DE PLENA HABILITACIÓN PROFESIONAL PARA ELABORAR INFORMES DE EVALUACIÓN DE EDIFICIOS (IEE) TAL COMO DISPONE EL ART. 30 DEL REAL DECRETO LEGISLATIVO 7/2015
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